El Ayuntamiento de Logroño ha determinado que
el aparcamiento proyectado en la Plaza Martínez Flamarique, en
la parcela que anteriormente ocupaba la Plaza de Toros de La Manzanera,
cuente (a la espera del resultado de las catas geológicas realizadas
durante estos días) con dos plantas y el doble de plazas proyectadas
inicialmente. El concejal de Vialidad, Alberto Guillén, ex-plicó
esta decisión municipal, al tiempo que presentó públicamente las
bases para la enajenación de plazas de este parking, que fueron
aprobadas el pasado miércoles en la Comisión de Gobierno municipal.
Según explicó el edil, “siempre ha estado en el pensamiento
del Ayuntamiento la construcción de las dos plantas en este aparcamiento
para ofrecer soluciones a los vecinos de Madre de Dios”, aludiendo
a problemas técnicos y la viabilidad económica para explicar la
decisión inicial de construir un solo piso para unas 188 plazas.
Finalmente serán cerca de 370 las plazas disponibles para residentes
en la Plaza de Martínez Flamarique, que se venderán “a precio
de coste”, a unos 12.000 euros según las primeras estimaciones
de la empresa responsable de la construcción (la misma que construirá
los edificios del solar). Los vecinos interesados –que podrán
optar a las plazas con preferencia establecida por motivos de
cercanía, renta o disposición de otras plazas de garaje (ver avance
de las bases)–, podrán constituir una comisión de revisión de
precios y deberán formalizar las inscripciones en la Oficina Municipal
de Vivienda entre el 1 de diciembre y el 8 de enero.
Si con estos requisitos no se cumplen todas las plazas, se rebajarán
las exigencias, primero eliminando el límite de 5,5 veces el salario
mínimo; segundo, abriendo la posibilidad de más de una plaza por
domicilio; y por último, am-pliando el círculo de influencia de
50 en 50 metros.
Por el contrario, si hubiese más solicitantes que plazas, se recurrirá
al sorteo.
LAS BASES
* No se podrá poseer
otra plaza de garaje en propiedad
* Empadronamiento en
el área de influencia del parking (200 metros a vuela pájaro)
en el momento de la aprobación de las bases. Acreditación de la
suficiente capacidad económica (salario mínimo interprofesional)
* Límite para optar
a las plazas: superar en 5,5 veces el salario mínimo.
* Se prohíbe la posterior
enajenación a precio superior al coste más el IPC acumulado durante
el plazo de 10 años y siempre con el derecho preferente de tanteo
y retracto para el Ayuntamiento.
* En principio corresponderá
una sola plaza por persona y domicilio.
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