El
Ayuntamiento ha aprobado las bases para la concesión de subvenciones
a las asociaciones de vecinos, federaciones y agrupaciones de
estas asociaciones.
El fondo para estas
ayudas está dotado con 24 millones de pesetas.
El objetivo de las
subvenciones es fomentar la participación de los ciudadanos en
la vida local, favoreciendo el desarrollo de las asociaciones
de vecinos, federaciones o agrupaciones, sin ánimo de lucro para
la defensa, fomento o mejora de los intereses generales o sectoriales
de los vecinos del municipio.
Las subvenciones tendrán
por finalidad costear y apoyar especialmente la realización de
las actividades estatutarias de dichas entidades y, además, el
alquiler de sus respectivas sedes sociales, gastos de funcionamiento
y costes de personal.
Interés preferente
Según establecen las
bases, se consideran actividades de interés preferente municipal
las siguientes:
Las que tengan por
finalidad la educación y sensibilización ciudadana en materias
medioambientales, de limpieza y de uso racional del vehículo.
Las coincidentes
en tiempo y objeto con los días mundiales o europeos que las diferentes
instituciones promuevan y que resulten de interés para el Ayuntamiento.
Las destinadas a
divulgar y promover el conocimiento sobre la moneda única, a través
de talleres, charlas o edición de publicaciones.
De la cantidad total
disponible se dedicará un millón de pesetas a la realización de
actividades incluidas en el programa de ocio joven elaborado por
las Concejalías de Salud y Participación Ciudadana del Ayuntamiento
con la colaboración del Plan Nacional contra las drogas. A tal
fin, las asociaciones de vecinos que lo deseen deberán indicar
en las solicitudes que la actividad propuesta pertenece al mencionado
programa.
Cuantía de las subvenciones
Los alquileres de locales
podrán ser subvencionados al cien por cien de su costo, al igual
que los gastos de mantenimiento y normal funcionamiento de la
sede. En los gastos de personal de las federaciones o agrupaciones
se podrá financiar el 50 por ciento del coste de un trabajador.
Las actividades podrán
ser subvencionadas hasta el 90 por ciento del coste, a excepción
de las consideradas como de interés preferente municipal que podrán
ser subvencionadas al cien por cien, siempre que sean presentadas
por las federaciones o agrupaciones o vayan a ser desarrolladas
por dos o más asociaciones.
El plazo de presentación
de solicitudes será de treinta días naturales, contados a partir
de la publicación de las bases en el Boletín Oficial de La Rioja.
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