0657 9 Febrero 2001
 
 
 
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Subvenciones para asociaciones de vecinos

       El Ayuntamiento ha aprobado las bases para la concesión de subvenciones a las asociaciones de vecinos, federaciones y agrupaciones de estas asociaciones.
        El fondo para estas ayudas está dotado con 24 millones de pesetas.
        El objetivo de las subvenciones es fomentar la participación de los ciudadanos en la vida local, favoreciendo el desarrollo de las asociaciones de vecinos, federaciones o agrupaciones, sin ánimo de lucro para la defensa, fomento o mejora de los intereses generales o sectoriales de los vecinos del municipio.
        Las subvenciones tendrán por finalidad costear y apoyar especialmente la realización de las actividades estatutarias de dichas entidades y, además, el alquiler de sus respectivas sedes sociales, gastos de funcionamiento y costes de personal.

        Interés preferente
  
        Según establecen las bases, se consideran actividades de interés preferente municipal las siguientes:
        ­ Las que tengan por finalidad la educación y sensibilización ciudadana en materias medioambientales, de limpieza y de uso racional del vehículo.
        ­ Las coincidentes en tiempo y objeto con los días mundiales o europeos que las diferentes instituciones promuevan y que resulten de interés para el Ayuntamiento.
        ­ Las destinadas a divulgar y promover el conocimiento sobre la moneda única, a través de talleres, charlas o edición de publicaciones.
        ­ De la cantidad total disponible se dedicará un millón de pesetas a la realización de actividades incluidas en el programa de ocio joven elaborado por las Concejalías de Salud y Participación Ciudadana del Ayuntamiento con la colaboración del Plan Nacional contra las drogas. A tal fin, las asociaciones de vecinos que lo deseen deberán indicar en las solicitudes que la actividad propuesta pertenece al mencionado programa.      

        Cuantía de las subvenciones

       Los alquileres de locales podrán ser subvencionados al cien por cien de su costo, al igual que los gastos de mantenimiento y normal funcionamiento de la sede. En los gastos de personal de las federaciones o agrupaciones se podrá financiar el 50 por ciento del coste de un trabajador.
        Las actividades podrán ser subvencionadas hasta el 90 por ciento del coste, a excepción de las consideradas como de interés preferente municipal que podrán ser subvencionadas al cien por cien, siempre que sean presentadas por las federaciones o agrupaciones o vayan a ser desarrolladas por dos o más asociaciones.
        El plazo de presentación de solicitudes será de treinta días naturales, contados a partir de la publicación de las bases en el Boletín Oficial de La Rioja.

©Ayuntamiento de Logroño. Periodico Digital: DE BUENA FUENTE 2000