El concejal de Desarrollo Urbano,
José Musitu, presentó esta semana las novedades del proyecto de
Ordenanza que aporta una regulación de ruidos y vibraciones más
exigente que la actual normativa. Su objetivo es “preservar
a las personas y bienes de las consecuencias de la contaminación
acústica” y contempla el control de los niveles sonoros emitidos
por focos fijos y ambientales, de acuerdo a un mapa de ruidos
dividido en cinco áreas.
La primera, denominada área de silencio, se aplicará a
las zonas con equipamientos sanitarios o de bienestar social;
la segunda, levemente ruidosa se reserva para áreas residenciales,
educativas o de actividad cultural; la tercera, tolerablemente
ruidosa, para zonas con oficinas, áreas comerciales o deportivas;
la cuarta, ruidosa, se aplicará a zonas industriales y
servicios públicos; mientras que la quinta y última, especialmente
ruidosa, tendrá su acomodo en carreteras y ferrocarril.
Protección acústica especial
se han reducido los límites máximos de permisibilidad en cuanto
a la medición de los niveles acústicos. En el caso de niveles
sonoros ambientales, por ejemplo en zonas residenciales, se fija
un máximo diurno de 53 decibelios y nocturno de 43; mientras que
la anterior regulación fijaba 55 y 45, respectivamente. En cuanto
a la medición de focos fijos, por ejemplo en viviendas o locales,
que suelen ser más denunciados por los vecinos, se establece un
máximo de 33 decibelios por el día y de 28 por la noche; siendo
anteriormente de 35 por el día y 30 por la noche.
Además, el Ayuntamiento se reserva la posibilidad de crear zonas
de protección acústica especial, es decir, limitar la emisión
máxima de decibelios aunque éstos no rebasen el límite fijado.
Esta determinación facultará al Ayuntamiento para tomar medidas
especiales y correctoras.
Otra novedad es la inclusión de un apartado en el texto regulador
referido a las condiciones técnicas de edificación (nuevas viviendas
o rehabilitación); y la concesión de una licencia especial de
apertura para actividades consideradas molestas, para las que
se creará un certificado que acredite el cumplimiento de los parámetros
de tolerancia indicados en la Ordenanza.
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El texto rebaja los límites de tolerancia máximos permitidos,
incrementa las sanciones y plantea la creación de zonas de protección
acústica especial.
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También se establecerá un sistema de control, similar a la inspección
técnica de vehículos, para garantizar el cumplimiento de todos
los requisitos; y en el caso de los locales que cuenten con sistemas
de amplificación de sonido, se podrá exigir la instalación de
sistemas de autocontrol.
Responsabilidades y sanciones
El documento recoge la obligatoriedad de colaboración de los propietarios
de los establecimientos de ocio, principalmente, para evitar el
consumo en el exterior de los mismos (siempre que no se trate
de terrazas o veladores autorizados). La pasividad de los titulares
de la actividad, en este sentido, puede acarrear responsabilidad
que podría constituir una infracción grave. Esta norma está pensada
para los locales que cuentan con horario especial, hasta las dos
o tres de la mañana; ya que según el concejal “es necesario
aclarar que el Ayuntamiento puede establecer diferentes grados
en la aplicación de las áreas de protección acústica”. Una
medida que “no se aplicará, por ejemplo, a otras zonas de habitual
consumo en el exterior de establecimientos como la calle Laurel
y similares, de claro interés turístico para Logroño y que además
cuenta con otro tipo de horarios”.
Se estipulan infracciones leves, graves y muy graves. Las primeras
recogen multas hasta los 600 euros; las graves entre 601 y 12.000;
mientras que las muy graves alcanzarán los 300.000 euros. La suspensión
de licencias o la actividad (provisional o definitiva) son otras
medidas que se podrán aplicar.
Esta Ordenanza se llevará para su aprobación provisional al Pleno
fijado para el próximo día 19; después se abrirá un periodo de
exposición pública de dos meses para la presentación de alegaciones
y sugerencias.
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