Imagen 5.- Derecho a la protección de los intereses económicos

Los consumidores tienen derecho a que se respeten sus legítimos intereses recogidos en las normas que les defienden y protegen, en cualquiera de las fases en que puede dividirse el proceso de compra de un producto o de contratación de un servicio

Antes de la compra de un producto o de la contratación de un servicio, procurando que la oferta, promoción y publicidad de los productos y servicios se ajusten a las características, condiciones, utilidad y finalidad para la que fueron fabricados o diseñados, de modo que no se pueda engañar o inducir a engaño. El consumidor tiene:

  • Derecho a recibir un presupuesto previo.
  • Derecho a que se utilicen métodos de venta autorizados.
  • Derecho a que se prohíba la edición y difusión de publicidad ilícita.
  • Derecho a que se prohíba la fabricación y venta de productos inseguros.

En el momento en que se compra un producto o se contrata un servicio, procurando que la información y las condiciones de la compra o del contrato sean concretas, claras y comprensibles, evitando que se utilicen cláusulas abusivas (condiciones no negociadas individualmente que en contra de las exigencias de la buena fe causen perjuicio al consumidor). El consumidor tiene:

  • Derecho a recibir copia del contrato.
  • Derecho a recibir factura de la compra.
  • Derecho a que se expongan o queden claros los precios y tarifas.
  • Derecho a que se midan y comprueben con exactitud las cantidades compradas.

Después de comprar un producto o de contratar un servicio, procurando que se respeten los derechos de comprobación, garantía, reclamación y posibilidad de renuncia o devolución que estén establecidos en las normas legales que sean aplicables o en los acuerdos particulares a los que se haya llegado. Por ejemplo:

  • Derecho a recibir los documentos de garantía y los manuales de instrucciones en los bienes de naturaleza duradera.
  • Derecho a disponer de servicios técnicos para los supuestos de avería.
  • Derecho a disponer de hojas de reclamaciones.

Derecho a reclamar

En el caso de que un consumidor considere que en la compra de un producto o la contratación de un servicio se han vulnerado sus derechos, puede actuar de la siguiente manera:

  • Inicialmente, conviene plantear la queja o la reclamación ante la empresa o profesional supuestamente responsable.
  • En segundo lugar, y si no se ha obtenido un resultado satisfactorio, se puede formular la oportuna reclamación o denuncia ante los servicios de las administraciones públicas (por ejemplo, a través de la Dirección General de Consumo de la Comunidad de Madrid o de la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) de la localidad que corresponda), o a través de organizaciones privadas de defensa de los consumidores (asociaciones de consumidores). De este modo se pondrán en marcha los mecanismos de mediación o arbitraje entre consumidor y empresa (esta última vía sólo se aplica en el caso de las empresas adheridas).