La fiscalización externa de las cuentas y de la gestión económica de las entidades locales y de todos los organismos y sociedades de ellas dependientes es función propia del Tribunal de Cuentas, que se encuentra regulado en la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas; y en la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas.

El resultado de su fiscalización se expone por medio de informes, memorias, mociones o notas que se elevarán a las Cortes Generales y que son publicadas en el Boletín Oficial del Estado. Para que el Tribunal de Cuentas lleve a cabo las tareas de fiscalización hay establecido un procedimiento de rendición de cuentas que culmina con el envío de las mismas por parte de las entidades locales antes del 15 de octubre del año siguiente al que corresponden. 

Web del Tribunal de Cuentas

Además, La Rioja no cuenta con órgano de control externo propio.

El Ayuntamiento de Logroño ha rendido cuentas al Tribunal de Cuentas en todos los ejercicios. Por otra parte, la auditoría externa de la Empresa Municipal Logroño Deporte S.A. la realiza una empresa especializada. 

Además, el Tribunal de Cuentas ha aprobado los siguientes informes de auditoría y/o fiscalización  en los que existe referencia al Ayuntamiento de Logroño. Se incluyen, también, los Informe de Auditoría de Cuentas de Logroño Deporte desde 2015.