Modificación reglamento de cementerios
Modificación reglamento de cementerios
Moción presentada por el grupo municipal Ciudadanos solicitando la modificación del reglamento de los cementerios de la ciudad de Logroño
El Ayuntamiento Pleno, teniendo en cuenta
- La Moción presentada por el Grupo Municipal Ciudadanos con fecha 24 de febrero de 2016, solicitando la modificación del Reglamento de los Cementerios de la Ciudad de Logroño.
-
Las Juntas de Portavoces celebradas con fechas 26 de febrero y 3 de marzo de 2016.
- La enmienda de sustitución presentada por el Grupo Municipal Popular in voce, aceptada por el grupo proponente, según la cual la parte dispositiva de la moción queda redactada como sigue: "Instar al Ayuntamiento a que el Plan Estratégico de Cementerios que se encuentra en proceso de elaboración, incluya la revisión del Reglamento de los Cementerios Municipales en los artículos que figuran en el anexo de esta moción.Posteriormente se iniciará la tramitación pertinente para la modificación de dicho Reglamento"
Adopta el siguiente acuerdo:
Instar al Ayuntamiento a que el Plan Estratégico de Cementerios que se encuentra en proceso de elaboración, incluya la revisión del Reglamento de los Cementerios Municipales en los artículos que figuran en el anexo de esta moción. Posteriormente se iniciará la tramitación pertinente para la modificación de dicho Reglamento.
ANEXO
Modificar el segundo párrafo del artículo 6 donde indica
"En tanto esté en vigor dicho contrato, será incumbencia del Hermano Superior cuanto se determina en este Reglamento bajo el título de "Administrador", al que le corresponde cumplir y hacer cumplir lo dispuesto en el mismo, llevar la dirección (del personal) a sus órdenes y responsabilizarse de su disciplina, dando cuenta por escrito de los incidentes que se produzcan a la Dirección General de Contratación y Servicios Comunitarios u otra dependiente, y además:"se cambiará por 1.-
"En tanto esté en vigor dicho contrato, será incumbencia del Hermano Superior cuanto se determina en este Reglamento bajo el título de "Administrador", al que le corresponde cumplir y hacer cumplir lo dispuesto en el mismo, llevar la dirección (de los empleados municipales) a sus órdenes y responsabilizarse de su disciplina, dando cuenta por escrito de los incidentes que se produzcan a la Dirección General de Contratación y Servicios Comunitarios u otra dependiente, y además:"