Aprobada inicialmente por acuerdo plenario de 10 de octubre de 2002 y publicada en el BOR nº 130 de 26 de octubre de 2002.
La presente ordenanza tiene por objeto regular, dentro de la competencia municipal, el uso de las zonas verdes de la ciudad, tales como parques, jardines, plazas ajardinadas y zonas verdes, a fin de proteger todos los elementos que constituyen estos espacios, tales como, plantaciones, céspedes, bancos, papeleras, contenedores de residuos, juegos infantiles, juegos para adultos y demás mobiliario urbano que pueda formar parte de los mismos y conseguir que el abuso de unos pocos no perturbe el disfrute de todos los ciudadanos en los citados espacios públicos.