El artículo 28.4 de la LCSP 9/2017 dispone: “Las entidades del sector público programarán la actividad de contratación pública, que desarrollarán en un ejercicio presupuestario o períodos plurianuales y darán a conocer su plan de contratación anticipadamente mediante un anuncio de información previa previsto en el artículo 134 que al menos recoja aquellos contratos que quedarán sujetos a una regulación armonizada”. En este ámbito, el Ayuntamiento de Logroño, a efectos de mejorar en la eficiencia en la gestión de la contratación municipal y en aras a conseguir una programación que permita tramitar los contratos con antelación suficiente para evitar disfunciones recurrentes en el procedimiento contractual, ha realizado los trámites oportunos para cumplir las previsiones legales y aprobar dentro del primer trimestre del año natural un Plan que, si bien es obligatorio para los contratos sometidos a regulación armonizada relacionados en los artículos 19 a 22 de la LCSP, es potestativo para el resto de contratos y cuyo contenido no es vinculante ni en cuanto a la relación de los contratos ni en cuanto a las características y condiciones de los mismos recogidas en el Plan. El objetivo municipal es más ambicioso al incluir, conforme establece la Instrucción de Contratación del Ayuntamiento de Logroño aprobada por Acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 14 de noviembre de 2018, la relación completa de contratos salvo los menores tratando de responder a la exigencia de planificación en la contratación reclamada desde ámbitos distintos (órganos consultivos, fiscalizadores, jurisdiccionales…). El Plan a aprobar pretende varios objetivos: ● Facilitar información anticipada sobre las licitaciones previstas a efectos de la planificación por los posibles licitadores. ● Promover la concurrencia garantizando que con la información suministrada, los licitadores puedan presentar mejores propuestas. ● Mejorar la eficiencia en la contratación para eliminar posibles disfunciones y avanzar hacia la centralización o licitación coordinada de contratos de objeto idéntico o muy similar. ● Anticipar la planificación para poder tramitar los contratos con antelación suficiente garantizando una mejora en las prestaciones a obtener así como evitar la finalización del plazo de vigencia de un contrato sin que se haya adjudicado el que haya de sustituirlo. ● Evitar la celebración de contratos menores para necesidades recurrentes y previsibles. ● Reducir los plazos de licitación en los contratos sujetos a regulación armonizada. ● Evaluar el grado de ejecución del Plan una finalizado el ejercicio. El Plan Anual para 2022 se distribuye por Direcciones Generales e incorpora la siguiente información: Denominación/Objeto del contrato, tipo de contrato, valor estimado, plazo de ejecución, fecha estimada de ejecución por trimestre y procedimiento de adjudicación previsto. Este plan de contratación es indicativo y no vinculante, por lo que no obliga a la celebración de todos los contratos planificados y podrá realizarse alguno no contemplado en este Plan cuando surja alguna necesidad no prevista en el momento de elaboración del mismo, motivando este extremo en la memoria justificativa del expediente de contratación correspondiente. Por último, asociado al Plan, se mantienen algunas Instrucciones ya incorporadas en el Plan de Contratación del Ayuntamiento del Ayuntamiento de Logroño para 2021.

PLAN ANUAL DE CONTRATACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE LOGROÑO PARA EL EJERCICIO 2022