El Ayuntamiento no puede realizar ventas directas de bienes inmuebles, debiendo recurrir a sistemas de pública concurrencia, como la subasta o el concurso. También es posible plantear permutas con otros bienes inmuebles de valoración similar.

Periódicamente el Ayuntamiento convoca concursos para la enajenación de parcelas pertenecientes al patrimonio municipal del suelo, constando en cada concurso las condiciones a cumplir por los licitantes, las limitaciones de las viviendas o edificaciones a construir, los criterios de adjudicación, etc.