Objetivos del Registro

El registro de entidades ciudadanas del Ayuntamiento de Logroño, que será único, tiene los siguientes objetivos:

  • Reconocimiento único ante el Ayuntamiento de Logroño, de las entidades en él inscritas para garantizarles el ejercicio de los derechos reconocidos en este reglamento, en la forma que en cada caso se especifica; todo ello sin perjuicio de los ficheros de entidades establecidos ó que se puedan establecer en toros servicios municipales.
  • Permitir al Ayuntamiento conocer en todo momento los datos más importantes de la sociedad civil de la ciudad, la representatividad de las entidades, el grado de interés ó la utilidad ciudadana de sus actividades, su autonomía funcional y las ayudas que reciban de otras entidades públicas ó privadas.

 

Quiénes pueden inscribirse

Asociaciones, Federaciones, Confederaciones, Uniones de Asociaciones o Fundaciones que cumplan los siguientes requisitos:

  • Constituidas sin ánimo de lucro, de acuerdo a la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, a la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones o en los términos que se establezcan por su normativa específica en el resto de los supuestos.
  • Sede en el término municipal de Logroño.
  • Objeto: la defensa, representación y promoción de los intereses generales o sectoriales de los ciudadanos y la mejora de su calidad de vida.
  • Realicen programas y actividades que redunden en beneficio de los ciudadanos de Logroño.

 

Obligaciones de las Entidades inscritas

Las Entidades inscritas en el Registro están obligadas a notificar:

  • Toda modificación que se produzca en los datos inscritos, dentro del mes siguiente a la modificación.
  • En el primer trimestre de cada año, el programa de actividades y la certificación acreditativa del número de socios a 31 de diciembre del año anterior y de la Junta Directiva en activo en dicha fecha.

El incumplimiento de estas obligaciones producirá la baja en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas previa tramitación del oportuno expediente que contemplará el trámite de audiencia previa a la Entidad interesada.