Secretaría General del Pleno
Secretaría General del Pleno
El municipio de Logroño se encuentra incluido en el ámbito de aplicación del Título X de la Ley 7/85, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, que regula el régimen de organización de los municipios de gran población.
En atención a ello, la Secretaría General del Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Logroño ejerce las funciones reservadas en el artículo 122.5. y en la Disposición Adicional 8ª de la Ley 7/85, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, en su calidad de funcionario de la Administración Local con Habilitación de carácter Nacional, así como las funciones complementarias que le son atribuidas por la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) y por la normativa municipal, que se encuentran descritas de forma pormenorizada en el apartado referido a las “Memorias anuales”.
Las funciones se ejercen en régimen de autonomía y, para el cumplimiento de las mismas, se puede recabar de todos los órganos y servicios del Ayuntamiento cuanta información se considere necesaria.