Mociones
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Garantizar el funcionamiento de los puntos municipales de medición de calidad del aire
MOCIÓN PRESENTADA GRUPO MIXTOPODEMOS PARA GARANTIZAR EL FUNCIONAMIENTO DE LOS PUNTOS MUNICIPALES DE MEDICIÓN DE CALIDAD DEL AIRE Y LA ADECUACIÓN DE LA ESTACIÓN OFICIAL DE REFERENCIA EN LOGROÑO.
La presente moción no ha sido aprobada por el Ayuntamiento Pleno.
Medidas a favor de las familias monoparentales
MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO SOCIALISTA SOBRE MEDIDAS A FAVOR DE LAS
FAMILIAS MONOPARENTALES.
El Ayuntamiento Pleno, teniendo en cuenta:
1. La Moción presentada por el Grupo Socialista de fecha 30 de marzo de 2026
sobre medidas a favor de las familias monoparentales.
2. Las Juntas de Portavoces celebradas con fecha 1 y 9 de abril de 2026.
Adopta el siguiente acuerdo:
Aprobar la siguiente moción presentada por el Grupo Socialista sobre las medidas a favor
de las familias monoparentales:
El Grupo Municipal Socialista, al amparo de lo dispuesto en el artículo 73 y siguientes del
Reglamento Orgánico del Pleno del Ayuntamiento de Logroño, presenta al Pleno de la
Corporación a celebrar el próximo día 9 de abril de 2026 la siguiente moción, para su debate y
aprobación:
MEDIDAS A FAVOR DE LA FAMILIAS MONOPARENTALES
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Ley 3/2023, de 7 de marzo, de familias monoparentales en La Rioja, supuso un avance
relevante en el reconocimiento jurídico y en la protección de estas unidades familiares, en
coherencia con el mandato constitucional de protección social, económica y jurídica de las
familias, sin distinción.
La norma establece un marco integral de actuación que abarca ámbitos como los servicios
sociales, la fiscalidad, la vivienda, la educación o la conciliación, e incorpora previsiones cuya
efectividad requiere la actuación de los poderes públicos en sus respectivos ámbitos
competenciales.
Sin embargo, transcurridos más de tres años desde su aprobación, el desarrollo efectivo de
esta ley se encuentra paralizado. La ausencia de desarrollo reglamentario y la falta de
implementación de las medidas previstas están impidiendo que el reconocimiento jurídico se
traduzca en derechos efectivos para las familias monoparentales.
Esta situación resulta especialmente preocupante si se tiene en cuenta el perfil mayoritario de
estas familias. En España, en torno al 80% de las familias monoparentales están
encabezadas por mujeres, lo que evidencia una clara dimensión de género en esta realidad
social. No estamos, por tanto, ante una cuestión neutra: la falta de desarrollo de esta ley
impacta de manera directa sobre mujeres y menores, reforzando desigualdades estructurales
ya existentes en materia de empleo, conciliación y, en última instancia, igualdad de
oportunidades.
En este contexto, resulta difícil no advertir la contradicción política que se produce cuando se
respaldan iniciativas de apoyo a las familias monoparentales desde la oposición, pero no se
impulsa después su desarrollo efectivo desde el Gobierno. La aprobación de una ley no puede
convertirse en un mero gesto declarativo si no va acompañada de voluntad política para su
aplicación real.
En lo que respecta a la posibilidad de actuación puramente en el ámbito municipal, la propia
Ley 3/2023 contempla la colaboración con las entidades locales y prevé su participación en la
aplicación de determinadas medidas, lo que evidencia la existencia de un margen de
actuación también en el ámbito municipal.
Por ello, sin perjuicio de la responsabilidad principal que corresponde al Gobierno de La Rioja,
las administraciones locales no pueden situarse en una posición de espera indefinida. El
Ayuntamiento de Logroño dispone de competencias y margen de actuación suficiente para
avanzar en la protección de estas familias y contribuir a la efectividad de la norma.
Cuando existe margen competencial, lo que se pone a prueba no es la norma, sino la voluntad
política de aplicarla.
Es necesario recordar que este Ayuntamiento no ha sido ajeno a esta demanda. El 4 de junio
de 2020, bajo la responsabilidad de este Grupo Municipal en el Gobierno, el Pleno aprobó por
unanimidad la creación de un Registro Municipal de familias monoparentales. Aquella
iniciativa, que buscaba simplificar trámites en servicios como Logroño Deporte, ludotecas y
beneficios fiscales, se pausó por un ejercicio de lealtad institucional y eficiencia administrativa.
Principios que deben regir siempre la acción política y administrativa, sin que ello pueda servir
de coartada para la inacción en el ámbito de cada administración. Alcanzar ese equilibrio es la
obligación de todo representante público.
En aquel momento, ante el avance de la legislación autonómica, se optó por no duplicar
registros ni generar burocracia innecesaria para las familias, confiando en que el Gobierno de
La Rioja cumpliría con su labor de protección. Sin embargo, más de tres años después de la
aprobación de la Ley 3/2023 y tras el cambio de gobierno autonómico, esa confianza no se ha
visto correspondida con un desarrollo efectivo de la norma por parte del Ejecutivo regional, ni
con la reactivación del compromiso asumido por este Ayuntamiento en 2020.
Así mismo la Ley contempla en su artículo 20 que los miembros de las familias
monoparentales que lo acrediten oficialmente tendrán derecho a reducciones en los precios
de los servicios regulares permanentes de La Rioja y prevé acuerdos con los ayuntamientos
que cuenten con transportes urbanos para la aplicación de esta medida en los servicios de
transporte de su competencia. De nuevo, se pone de manifiesto que la legislación vigente
contempla la implicación del ámbito municipal en el ejercicio de sus competencias como parte
del apoyo necesario a estas familias.
La inacción no puede justificarse exclusivamente en la falta de desarrollo autonómico. La
acción municipal, cuando existe voluntad política, puede y debe anticiparse, abrir camino y dar
respuesta a necesidades sociales claramente identificadas.
Por todo ello, el Grupo Municipal Socialista presenta al Pleno del Ayuntamiento, para su
debate y posterior votación, la siguiente:
MOCIÓN
El Ayuntamiento Pleno acuerda:
1. Instar al Gobierno de La Rioja a proceder al desarrollo reglamentario de la Ley 3/2023, de 7
de marzo, de familias monoparentales en La Rioja.
2. Impulsar, en el ámbito de las competencias municipales, medidas de apoyo a las familias
monoparentales de la ciudad y, específicamente:
a) Realizar, en el plazo máximo de seis meses, un análisis integral de los ámbitos de
competencia municipal en los que resulte posible incorporar medidas específicas de apoyo a
las familias monoparentales, en coherencia con los principios y objetivos establecidos en la
Ley 3/2023 para incorporarlos allá donde no existan de manera progresiva.
b) Específicamente, iniciar los trámites necesarios para la incorporación de la condición de
familia monoparental en el sistema de tarifas del transporte urbano municipal, en línea con lo
previsto en la normativa autonómica.
Oficinas municipales de atención al ciudadano en barrios periféricos
MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO VOX PARA LA IMPLANTACIÓN DE OFICINAS
MUNICIPALES DE ATENCIÓN AL CIUDADANO EN BARRIOS PERIFÉRICOS DE LOGROÑO.
La presente moción no ha sido aprobada por el Ayuntamiento Pleno.
Actualizar anualmente el precio máximo de VPO
MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MIXTO PR+ PARA ACTUALIZAR ANUALMENTE EL
PRECIO MÁXIMO DE VPO CON CRITERIOS OBJETIVOS Y PROTEGER EL SUELO
PÚBLICO ANTE SUBIDAS REPENTINAS DEL MÓDULO
La presente moción no ha sido aprobada por el Ayuntamiento Pleno.
Creación de un bono verano
MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO VOX PARA LA CREACIÓN DE UN BONOVERANO
CON EL FIN DE AYUDAR A LA CONCILIACIÓN EN LA TEMPORADA ESTIVAL.
La presente moción no ha sido aprobada por el Ayuntamiento Pleno.
Regular el acceso a dependencias municipales en caso de ocultación integral del rostro
MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO VOX PARA REGULAR EL ACCESO A
DEPENDENCIAS MUNICIPALES EN CASOS DE OCULTACIÓN INTEGRAL DEL ROSTRO.
El Ayuntamiento Pleno, teniendo en cuenta:
1. La Moción presentada por el Grupo Municipal Vox, de fecha 24 de febrero de 2026, para
regular el acceso a dependencias municipales en casos de ocultación integral del rostro.
2. Las Juntas de Portavoces celebradas con fecha 26 de febrero y 5 de marzo de 2026,
respectivamente.
3. La enmienda presentada por el Grupo Popular, de fecha 3 de marzo de 2026, para la
modificación a la moción presentada por el Grupo Municipal VOX para regular el
acceso a las dependencias municipales en casos de ocultación integral del rostro:
“ Instar al Gobierno de España a:
1. Añadir una nueva letra al artículo 18.1.j) de la Ley 7/1985 de Bases de Régimen
Local, como deber de los vecinos, en el que se especifique la prohibición de no utilizar
prendas y elementos que oculten integralmente el rostro en los supuestos previstos por
dicha Ley.
2. Introducir una nueva letra al artículo 25.2.p) de la Ley de Bases de Régimen Local
que faculte a los municipios a elaborar ordenanzas o protocolos que regulen el uso de
este tipo de prendas en espacios de titularidad pública, con posibilidad de añadir un
régimen sancionador.
3. Contemplar también las modificaciones legales necesarias para que, en el ámbito de
las dependencias, instalaciones y edificios de titularidad municipal o de acceso público,
se permita la identificación visual del rostro, con independencia de su origen,
motivación o significado, se garantice la proporcionalidad y pleno respeto a los
derechos fundamentales, y resulte imprescindible para:
a) La prestación de servicios públicos.
b) La verificación de identidad.
c) La seguridad de usuarios y empleados públicos.
d) El normal funcionamiento de los servicios municipales.
05032026/
O/011 pag.
1
MOCIÓN DEL PLENO
Nº : 05032026/
O/011
Fecha: 05/03/2026
Se excluirá de esta previsión los supuestos debidamente acreditados por:
a) Razones médicas, sanitarias o higiénicas
b) Exigencias laborales o de protección profesional
c) Actividades culturales, festivas o tradicionales autorizadas
d) Condiciones meteorológicas adversas y
e) Otros supuestos expresamente previstos por norma con rango de ley.
4. Dar traslado de estos acuerdos a la Presidencia del Gobierno de España, al
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, al Ministerio de
Política Territorial y Memoria Democrática, a los Portavoces de los Grupos
Parlamentarios de las Cortes Generales y a la Junta de Gobierno de la FEMP”.
La enmienda ha sido aceptada por el grupo proponente.
Adopta el siguiente acuerdo:
Instar al Gobierno de España a:
1. Añadir una nueva letra al artículo 18.1.j) de la Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local, como
deber de los vecinos, en el que se especifique la prohibición de no utilizar prendas y elementos
que oculten integralmente el rostro en los supuestos previstos por dicha Ley.
2. Introducir una nueva letra al artículo 25.2.p) de la Ley de Bases de Régimen Local que faculte a
los municipios a elaborar ordenanzas o protocolos que regulen el uso de este tipo de prendas en
espacios de titularidad pública, con posibilidad de añadir un régimen sancionador.
3. Contemplar también las modificaciones legales necesarias para que, en el ámbito de las
dependencias, instalaciones y edificios de titularidad municipal o de acceso público, se permita la
identificación visual del rostro, con independencia de su origen, motivación o significado, se
garantice la proporcionalidad y pleno respeto a los derechos fundamentales, y resulte
imprescindible para:
a) La prestación de servicios públicos.
b) La verificación de identidad.
c) La seguridad de usuarios y empleados públicos.
d) El normal funcionamiento de los servicios municipales.
05032026/
O/011 pag.
2
MOCIÓN DEL PLENO
Nº : 05032026/
O/011
Fecha: 05/03/2026
Se excluirá de esta previsión los supuestos debidamente acreditados por:
a) Razones médicas, sanitarias o higiénicas
b) Exigencias laborales o de protección profesional
c) Actividades culturales, festivas o tradicionales autorizadas
d) Condiciones meteorológicas adversas y
e) Otros supuestos expresamente previstos por norma con rango de ley.
4. Dar traslado de estos acuerdos a la Presidencia del Gobierno de España, al Ministerio de la
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, al Ministerio de Política Territorial y Memoria
Democrática, a los Portavoces de los Grupos Parlamentarios de las Cortes Generales y a la Junta
de Gobierno de la FEMP.
05032026/
Impulso de la puesta a disposición del IRVI de viviendas y solares de la SAREB
MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO POPULAR PARA EL IMPULSO DE LA PUESTA A
DISPOSICIÓN DEL IRVI DE LAS VIVIENDAS Y SOLARES DE LA SAREB
El Ayuntamiento Pleno, teniendo en cuenta:
1. La Moción presentada por el Grupo Municipal Popular, de fecha 24 de febrero de 2026, para el
impulso de la puesta a disposición del IRVI de las viviendas y solares de la SAREB.
2. Las Juntas de Portavoces celebradas los días 26 de febrero y 5 de marzo de 2026,
respectivamente.
3. La enmienda de modificación presentada por el Grupo Municipal Vox de fecha 3 de marzo de
2026.
4. La enmienda de modificación presentada por el Grupo Socialista de fecha 3 de marzo de 2026.
5. La enmienda de adicion presentada por el Grupo MixtoPodemos
de fecha 3 de marzo de
2026.
6. La enmienda transacional presentada por el Grupo Municipal Popular de fecha 5 de marzo de
2026 aceptando parcialmente el contenido de las enmiendas presentadas, proponiendo la
redacción de la parte resolutiva de la siguiente manera:
“Instar al Gobierno de España a activar todos los mecanismos necesarios para que la SAREB
facilite en los activos inmobiliarios situados en Logroño bajo su titularidad o gestión, tanto la
construcción de vivienda protegida como la oferta de alquiler social y/o asequible, acelerando a
tales y exclusivos efectos, todos los instrumentos jurídicos a su alcance, incluyendo la
colaboración con la administración pública autonómica (IRVI) y el Ayuntamiento de Logroño”.
Adopta el siguiente acuerdo:
Instar al Gobierno de España a activar todos los mecanismos necesarios para que la SAREB
facilite en los activos inmobiliarios situados en Logroño bajo su titularidad o gestión, tanto la
construcción de vivienda protegida como la oferta de alquiler social y/o asequible, acelerando a
tales y exclusivos efectos, todos los instrumentos jurídicos a su alcance, incluyendo la
colaboración con la administración pública autonómica (IRVI) y el Ayuntamiento de Logroño.
05032026/
O/
Incompatibilidad de nuevas viviendas de uso turístico
MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MIXTO PODEMOS PARA ESTABLECER LA
INCOMPATIBILIDAD DE NUEVAS VIVIENDAS DE USO TURÍSTICO (VUT) EN SUELO
URBANO RESIDENCIAL MEDIANTE MODIFICACIÓN DEL PLAN MUNICIPAL
La presente moción no ha sido aprobada por el Ayuntamiento Pleno.
Avanzar en políticas de igualdad
MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA PARA AVANZAR EN
POLÍTICAS DE IGUALDAD EN LA CIUDAD DE LOGROÑO.
La presente moción no ha sido aprobada por el Ayuntamiento Pleno.
Ampliación de la red de aparcamientos seguros para bicicletas Ciclopark
MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO SOCIALISTA PARA EL IMPULSO,
CONTRATACIÓN URGENTE Y AMPLIACIÓN DE LA RED DE APARCAMIENTOS SEGUROS
PARA BICICLETAS "CICLOPARK"
La presente moción no ha sido aprobada por el Ayuntamiento Pleno.