FILTRAR POR

Año
    Ver todos
Categoría
Faceta de categoría
Ordenar

Rechazo por el incumplimiento de la ley de memoria histórica

Fecha:
01/09/2016
Aprobada:
No

Moción conjunta de los grupos municipales: PSOE, Cambia Logroño, Ciudadanos y Cambia Logroño: rechazo por el incumplimiento de la ley de la Memoria Histórica y sancionar a quienes la exigen

El Ayuntamiento Pleno, teniendo en cuenta: 

1. La Moción presentada por los Grupos Municipales Socialista, Cambia Logroño, Ciudadanos y Mixto con fecha 17 de agosto de 2016, de rechazo al incumplimiento de la Ley de Memoria Histórica y sancionar a quienes la exigen.

 2. Las Juntas de Portavoces celebradas con fechas 26 de agosto y 1 de septiembre de 2016. Adopta el siguiente acuerdo: Manifestar su rechazo a la actitud del Gobierno Municipal de no querer cumplir la Ley de la Memoria Histórica en la ciudad de Logroño, y especialmente, la actitud de castigar a las personas y entidades que piden su cumplimiento.

Creación de una base de datos de licencias municipales

Fecha:
01/09/2016
Aprobada:
No

El Ayuntamiento Pleno, teniendo en cuenta:

1. La Moción presentada por el Grupo Municipal Ciudadanos con fecha 26 de septiembre de 2016, para la creación de una base de datos de licencias municipales. 

2. Las Juntas de Portavoces celebradas con fechas 26 de agosto y 1 de septiembre de 2016.

 Adopta los siguientes acuerdos: 

  • Primero: Realizar una base de datos transversal de licencias municipales con el censo de todos los locales ubicados en la ciudad de Logroño, para su utilización por los servicios del Ayuntamiento que lo necesiten y tengan capacidad para su uso en el plazo de ocho meses. En un año esta base de datos debe estar alimentada con los datos de licencias de los últimos años que tengamos datos.
  •  Segundo: En la próxima revisión del Plan General Urbano, se modificarán las normas urbanísticas atendiendo el articulado pertinente en el capítulo I "Intervención en la Edificación y Uso del Suelo", Sección Primera "Disposiciones Generales con los siguientes apartados: .El Ayuntamiento expedirá un C.I.U. Código Identificativo Unico" la primera vez que una persona física o jurídica pida una licencia y deberá consignarse para cualquier trámite que se realice ante el Ayuntamiento. En el plazo de seis meses se expedirá un C.I.U. A las actuales licencias. .Este C.I.U estará siempre visible en los locales licenciables y en los bares de categoria especial, aliado del C.I.U deberá estar el aforo y el horario de apertura y cierre.

Seguimiento y control del cumplimiento de las mociones aprobadas

Fecha:
01/09/2016
Aprobada:
No

El Ayuntamiento Pleno, teniendo en cuenta: 

1. La Moción presentada por el Grupo Municipal Ciudadanos con fecha 25 de agosto de 2016 para el seguimiento y control del cumplimiento de las mociones aprobadas.

 2. Las Juntas de Portavoces celebradas con fechas 26 de agosto y 1 de septiembre de 2016. 

3. La enmienda de sustitución presentada por el Grupo Municipal Socialista con fecha 29 de septiembre de 2016, según la cual se sustituye el punto segundo de la moción. El texto original de la misma: "De conformidad con el artículo 104 del Reglamento Orgánico del Pleno del Ayuntamiento de Logroño se constituirá una Comisión Permanente para el control y seguimiento del cumplimiento de las mociones aprobadas, a fin de que el equipo de gobierno rinda cuentas e informe motivadamente el grado de cumplimiento de las mismas" se sustituye por el siguiente "A tal fin, de conformidad con el Reglamento Orgánico del Pleno del Ayuntamiento de Logroño y en especial de su Artículo 116 el Pleno acuerda encomendar a la Comisión Permanente de Política General las funciones de control y seguimiento del cumplimiento de los acuerdos tomados por el Pleno Municipal". Dicha enmienda ha sido aceptada por el grupo proponente.

 Adopta los siguientes acuerdos: 

  • Primero: Instar a la Alcaldesa y a su equipo de gobierno para que cumplan y hagan cumplir lo señalado en los acuerdos plenarios en los términos que se señalan en el arto 21 r) de la Ley 7/85 de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local. En el arto 41 25) del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. El arto 24 g) del Real Decreto Legislativo 781/1986 de 18 de abril por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local (TRRL) El arto 21 r) de la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local. Que determinan que es función del Alcalde/Alcaldesa "Ordenar la publicación, ejecución y hacer cumplir los acuerdos del Ayuntamiento".
  •  Segundo: A tal fin, de conformidad con el Reglamento Orgánico del Pleno del Ayuntamiento de Logroño y en especial de su Artículo 116 el Pleno acuerda encomendar a la Comisión Permanente de Política General las funciones de control y seguimiento de!cumplimiento de los acuerdos tomados por el Pleno Municipal. 
  • Tercero: La convocatoria de la comisión, para su constitución, deberá llevarse a cabo en el mes de octubre. Tendrá carácter bimensual y con la composición prevista en el Reglamento Orgánico del Pleno del Ayuntamiento de Logroño. 
  • Cuarto: Siguiendo lo dispuesto en el artículo 3, apartado 2 (Publicidad Activa), de la Ordenanza de Transparencia, de Acceso a la información, Reutilización de datos y Buen Gobierno del Ayuntamiento de Logroño. Se publiquen de forma mensual en la página web municipal una relación de la totalidad de las mociones aprobadas por el Pleno del Ayuntamiento de Logroño, desde la constitución de la actual Corporación, donde se indique el título, la fecha y el grupo que la presenta, un enlace al texto íntegro o al acta del Pleno correspondiente y el resultado de la votación.
  •  Quinto: En este apartado se especificará, con mayor detalle y concisión, el estado de tramitación o ejecución de las mociones aprobadas por pleno en los términos planteados en la exposición de esta moción.

Mejora y limpieza del entorno del río Ebro para potenciarlo

Fecha:
01/09/2016
Aprobada:
No

El Ayuntamiento Pleno, teniendo en cuenta:

 1. La Moción presentada por el Grupo Municipal Socialista con fecha 17 de agosto de 2016,para la mejora y limpieza del entorno del Río Ebro para potenciarlo.

 2. Las Juntas de Portavoces celebradas con fechas 26 de agosto y 1 de septiembre de 2016.

 3. La enmienda de adición presentada por el Grupo Municipal Municipal Mixto con fecha 30 de agosto de 2016, aceptada por el grupo proponente, según la cual se añade un nuevo dispositivo, con el siguiente texto: "En el caso de que la Confederación Hidrográfica del Ebro (CHE) no ejecute los trabajos de limpieza y mantenimiento propios de su competencia en el plazo que se determine técnicamente, sea el Ayuntamiento de Logroño el que lo realice por ejecución subsidiaria y, posteriormente, se reclame, para su abono, a la CHE el pago de tal actuación.

 4. La enmienda de sustitución presentada por el Grupo Municipal Popular con fecha 1 de septiembre de 2016, aceptada por el grupo proponente, según la cual se sustituye el texto original de la moción por el siguiente: " Proceder a restaurar el entorno del Ebro y recuperar y mantener sus atractivos. Por tanto, bien directamente cuando sea competencia exclusiva de esta Administración Local o bien de acuerdo con la Confederación Hidrográfica de! Ebro, e proceda a: -La limpieza del cauce desde el entorno del embarcadero hasta la pasarela peatonal de Santiago para posibilitar el acceso y para permitir la práctica de deportes acuáticos. -Limpiar el soto inundable para eliminar troncos y maderas depositados en las avenidas del río Ebro, priorizando en la margen derecha, la zona de la pasarela peatonal. -Limpiar y mantener adecuadamente los llamados caminos de pescadores en el GR-99. -Proceder a terminar las obras de la pasarela peatonal del río Ebro dentro de su plazo de garantía, mantenerla en buenas condiciones de seguridad, limpieza y estética".

Adopta los siguientes acuerdos:

  • Primero: Proceder a restaurar el entorno del Ebro y recuperar y mantener sus atractivos. Por tanto, bien directamente cuando sea competencia exclusiva de esta Administración Local o bien de acuerdo con la Confederación Hidrográfica del Ebro, e proceda a: -La limpieza del cauce desde el entorno del embarcadero hasta la pasarela peatonal de Santiago para posibilitar el acceso y para permitir la práctica de deportes acuáticos. -Limpiar el soto inundable para eliminar troncos y maderas depositados en las avenidas del río Ebro, priorizando en la margen derecha, la zona de la pasarela peatonal.Limpiar y mantener adecuadamente los llamados caminos de pescadores en el GR-99. -Proceder a terminar las obras de la pasarela peatonal del río Ebro dentro de su plazo de garantía, mantenerla en buenas condiciones de seguridad, limpieza y estética"
  • Segundo: En el caso de que la Confederación Hidrográfica del Ebro (CHE) no ejecute los trabajos de limpieza y mantenimiento propios de su competencia en el plazo que se determine técnicamente, sea el Ayuntamiento de Logroño el que lo realice por ejecución subsidiaria y, posteriormente, se reclame, para su abono, a la CHE el pago de tal actuación. .