Actuaciones Comunicadas y Declaraciones Responsables
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Dirección General de Urbanismo
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Ciudad y Territorio
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Plan General y Cartografía
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Callejero
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Licencias y Declaraciones Responsables
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Presentar documentos - Registro
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Últimas aprobaciones
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Mapa de Ruidos
En general se trata de pequeñas obras que no requieren ni proyecto ni dirección facultativa, sino, y solo en determinados casos, requieren la presentación de una memoria valorada y la descripción de las precauciones necesarias en ejecución de la obra, además de planos de estado actual y propuesta.
Con respecto a las actividades éstas serán de las consideradas inocuas y el cambio de titularidad (sin modificación de las condiciones iniciales) en el caso de las sometidas a licencia ambiental.
Las declaraciones responsables o comunicaciones son los actos mediante los cuales los ciudadanos informan al Ayuntamiento de las actividades u obras que van a realizar, e implican que asumen el cumplimiento de las previsiones legales establecidas en la normativa vigente.
Se tramitarán por este procedimiento abreviado las actividades comerciales minoristas y de prestación de servicios en establecimientos permanentes, incluidas las obras de acondicionamiento necesarias (siempre que no precisen proyecto), que cumplan las siguientes condiciones:
- Estar incluidas en el Anexo de la Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de Medidas Urgentes de Liberalización del Comercio y de determinados Servicios.
- Tener una superficie de exposición y venta al público igual o inferior a 1000 m2. En esta superficie no se computarán los espacios de almacenamiento, vestuarios, etc., es decir, solo afecta a la superficie que pueden ocupar los clientes.
- No estar ubicadas en edificios sujetos a nivel de protección I, II, III y IV, o en entornos de monumentos.
La tipificación, el procedimiento y la documentación necesaria se recogen en el título 2 de la Guía Práctica (a la que se accede desde el siguiente enlace).
En el Índice de dicho documento están las actuaciones más habituales, ampliándose la información en el título 2 mencionado.
Por estar la totalidad del término municipal de Logroño afectado por Servidumbres Aeronáuticas (RD 733/2015, de 24 de julio, de servidumbres del aeropuerto de Logroño- Agoncillo) tanto las personas físicas como jurídicas deberán solicitar el acuerdo previo favorable de autorización, en materia de servidumbres aeronáuticas, de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA).
El formulario de solicitud puede descargarse en el enlace señalado en la Guía Práctica.