En este apartado se muestra el mapa de ruido estratégico de la ciudad de Logroño, así como el plan de acción vigente en materia de contaminación acústica y la zonificación de la ciudad en áreas acústicas.

 

Mapa Estratégico

El mapa de ruido estratégico evalúa globalmente la exposición al ruido en la aglomeración de Logroño, debido a las infraestructuras viarias y ferroviarias, así como a las actividades industriales.

En este apartado se muestran los mapas de ruido estratégico que se han aprobado hasta la fecha, en aplicación de lo dispuesto en la Directiva 2002/49/CE; la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido y el Real Decreto 1513/2005, de 16 de diciembre, para una aglomeración del tamaño de Logroño (menos de 250.000 habitantes).

El mapa estratégico correspondiente a la segunda fase de aplicación de la Directiva 2002/49/CE, se aprobó con fecha 29 de diciembre de 2014 y los mapas estratégicos correspondientes a la tercera y cuarta fase de aplicación de dicha Directiva, se aprobaron con fecha 10 de noviembre de 2022.

Los mapas de ruido estratégico se pueden consultar tanto en formato PDF como en formato GIS.

 

Zonificación Acústica

Según se dispone en la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido y en su normativa de desarrollo, el territorio quedará zonificado en áreas acústicas, definidas como aquellos ámbitos territoriales que comparten idénticos objetivos de calidad acústica.

La delimitación territorial de las áreas acústicas y su clasificación se basará en los usos actuales o previstos del suelo, estableciéndose los siguientes tipos de áreas acústicas, en función de los sectores del territorio con predominio de los distintos tipos de suelo: I Uso residencial, II Uso industrial, III Uso recreativo y de espectáculos, IV Uso terciario distinto del anterior, V Uso sanitario, docente y cultural que requiera de especial protección contra la contaminación acústica, VI Sectores del territorio afectados a sistemas generales de infraestructuras de transporte y otros equipamientos públicos que los reclamen y VII Espacios naturales que requieran una especial protección contra la contaminación acústica.

El Ayuntamiento de Logroño aprobó la zonificación acústica de la ciudad, por acuerdo de Pleno de fecha 14 de enero de 2016 y la revisión de dicha zonificación, por acuerdo de Pleno de fecha 12 de enero de 2023.

 

Plan de Acción

El plan de acción contra el ruido en la ciudad de Logroño, aprobado el 2 de febrero de 2017, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido y en el artículo 10 del Real Decreto 1513/2005, de 16 de diciembre, por el que se desarrollaba dicha Ley en lo referente a la evaluación y gestión del ruido ambiental, tiene una vigencia de cinco años y determina las actuaciones a realizar en las correspondientes áreas acústicas, en el caso de incumplimiento de los objetivos de calidad acústica.

Este plan de acción se desarrolla en tres líneas principales de actuación: actuaciones correctivas, preventivas y de evaluación y control de la contaminación acústica.

Por otra parte, los objetivos que se fijan en el plan de acción, se clasifican en inmediatos (un año), a corto plazo (tres años) y a medio plazo (cinco años).